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error judicial

La emisión de una sentencia o resolución por parte de un juez o tribunal que es injusta de un modo evidente, o que no se ajusta a Derecho, equivocada porque no se han aplicado de forma apropiada los principios que informan el ordenamiento o porque se han establecido unos hechos que no se corresponden con la realidad; en sentido amplio, designa cualquier tipo de funcionamiento anormal de la administración de justicia que causa perjuicio a los particulares. La responsabilidad por error judicial puede ser disciplinaria, penal y civil. La primera supondrá sanciones impuestas por el órgano de control y gobierno del poder judicial que en cada Estado exista (como por ejemplo, la suspensión o el traslado forzoso). La responsabilidad penal o la civil, en cambio, requerirán sentencia judicial en firme por la que sean condenados los autores del error.
Tiene un tratamiento especial la responsabilidad civil de jueces y magistrados por los daños y perjuicios que sus resoluciones puedan causar de un modo injusto y manifiesto, pues los daños originados por error judicial, así como los que sean consecuencia de un anormal funcionamiento de la administración de justicia (abandono o retrasos injustificados en el ejercicio de la función, por ejemplo) suelen dar derecho en los ordenamientos democráticos a una indemnización por daños y perjuicios a cargo del Estado, siempre que el error sea claro, indudable e incontestable en un plano objetivo, y se haya producido un daño material o moral evaluable. La justificación de que sea el Estado quien responda se fundamenta en que en el Estado de Derecho todo ciudadano tiene posibilidad de obtener la tutela eficaz de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus prerrogativas e intereses legítimos, y si ello no ocurre se entiende que el fallo o error lo es, ante todo, del sistema (aunque después de pagar, podrá el propio Estado obtener más tarde el reembolso de lo pagado procediendo contra el autor material del daño).
Ejemplos de errores judiciales que pueden dar lugar a la indemnización al perjudicado, pueden ser: que el juez no haya admitido a trámite una prueba que tenía que haber considerado; que haya dado al caso una solución contraria de una forma manifiesta a lo que establece la ley para ese caso concreto; que, una vez firmada la sentencia y para aclarar un concepto oscuro o ambiguo, se modifique el fallo. La regla general establece que el error judicial afecta sobre todo a los jueces y magistrados. Pero la responsabilidad puede recaer asimismo sobre el personal al servicio de la administración de justicia, como son los peritos judiciales, los médicos forenses, los oficiales, secretarios de juzgado, la policía judicial o los fiscales.