Acción y efecto de diagnosticar; acción y efecto de discernir, de juzgar. En medicina, la determinación o identificación de una enfermedad mediante el examen de los síntomas que presenta: diagnóstico. En biología, la descripción característica y diferencial abreviada de una especie, género, etc. En botánica, las descripción abreviada de una especie o de un género, etc., en la que se indica de manera sucinta lo que tiene de más característico, y por medio de la cual se trata de diferenciar netamente la especie de sus congéneres, el género de otros géneros afines, etc. Según el art. 38 de las Reglas Internacionales de Nomenclatura Botánica, a partir de 1.º de enero de 1935, los nombres de grupos nuevos de plantas vivientes (exceptuados los bacterios) no se considererán válidamente publicados más que si van acompañados de una diagnosis latina (F. Q.). En patología vegetal, lo mismo que en la humana, conocimiento de los síntomas de la enfermedad (J. del C.).