Ser amparado judicialmente, por vía sumaria de interdicto, ante el peligro inminente de verse turbado en el goce de una cosa o contra el despojo consumado de ella: retener la posesión.
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Ser amparado judicialmente, por vía sumaria de interdicto, ante el peligro inminente de verse turbado en el goce de una cosa o contra el despojo consumado de ella: retener la posesión.
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